Culmina marcha blanca de normativa que rige uso de vidrios polarizados en vehículos livianos y medianos

Como una forma de reforzar la seguridad vial y evitar posibles distorsiones en la visibilidad de señales de tránsito, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones impulsó la normativa para regular el uso de vidrios polarizados en vehículos livianos y medianos. Luego de una marcha blanca de tres meses, el próximo 11 de agosto se aplicará esta norma a los vehículos que recurran a renovar su Revisión Técnica.

La seremiTT Claudia Cantero explicó que la norma se aplicará a los vidrios polarizados con la certificación del instalador “la idea es evitar cualquier tipo de accidente de tránsito, por lo que se norma con mayor rigurosidad el porcentaje de luz que puede traspasar un vidrio polarizado. La idea es que las personas puedan informarse para evitar rechazos en la Planta de Revisión Técnica y evitar sanciones de fiscalización de Carabineros y del Ministerio de Transportes”.

En cuanto a la labor de control que se desarrollará en torno a esta modificación legal, el Capitán de la SIAT Osvaldo Mellado, agregó que “como Carabineros estamos trabajando hace bastante tiempo en este tema. Cabe recordar que si bien la actual legislación regula el porcentaje de luminosidad de los vidrios polarizados, antiguamente ya estaba normado que los parabrisas no podían tener polarizado en ninguna circunstancia. Por tanto debemos señalar que el año 2021 a la fecha hemos cursado 47 infracciones por este tipo de falta que corresponde a una falta menos grave que se denuncia al Juzgado de Policía Local”.

Desde el 11 de agosto, al momento de renovar la Revisión Técnica las plantas medirán el factor de transmisión de luz, para lo cual cuentan con un dispositivo especializado que determina si el porcentaje cumple con la normativa.  “Para los vidrios delanteros deben cumplir con un 70% de paso de luz en las puertas delanteras y para las puertas traseras y luneta  es un 28% de paso de luz. Además la ley otorga un 5% de tolerancia a estos valores. Cabe señalar que en la PRT sólo se medirán aquellos vidrios que vengan con la certificación y aquellos que no la tengan se rechazarán”, puntualizó el Jefe de la PRT Coyhaique, Francisco Montero.

En todos los casos, la lámina polarizada debe contar con un sello en relieve e indeleble, el nombre y RUT del instalador. Además con esta norma se prohíben las láminas reflectivas, metálicas o espejadas; las láminas color ámbar, amarillo, rojo o azul; la láminas sobre vidrios que de fábrica están permitidos, las láminas con imperfecciones, las láminas adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un sólo paño.

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