Proyecto busca impedir que candidatos con pensiones de alimentos impagas postulen a cargos de elección popular
La norma apunta a pasar de la condena social a un requisito formal. Otro proyecto de autoría parlamentaria, margina también de estos procesos, a los condenados por delitos intrafamiliares y quienes se encuentren dentro del Registro de Deudores de Alimentos.
El pago de las pensiones alimenticias hace muchos meses se tomó la agenda legislativa. Primero, los retiros de los fondos de pensiones permitieron a miles de madres captar parte de los dineros pendientes. Ahora un proyecto que termina su tramitación, crea un registro de estos deudores facilitando los cobros respectivos.
En línea con lo anterior, un grupo de senadoras presentaron una moción que modifica diversas disposiciones de la Carta Fundamental, con el objeto de prohibir las candidaturas a cargos de elección popular a quienes tengan deudas alimenticias.
La idea surgió en el debate del proyecto que Modifica la ley Nº14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Habiéndose dado cuenta en Sala de esta iniciativa en la pasada Sesión Ordinaria, ahora los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deberán analizar sus ideas matrices y someterlas a votación en las próximas semanas.
DEUDAS
Cabe consignar que esta propuesta surgió luego que se conociera una investigación periodística que aseguraba que el postulante presidencial del Partido de la Gente, tendría deudas impagas por concepto de pensión alimenticia a sus hijos, desde el 2016 a la fecha.
En la moción, las congresistas argumentan que “el 84% de las pensiones de alimentos en nuestro país, se encuentran impagas, afectando con ello a 72 mil niños y niñas. Gracias a las retenciones (de los retiros de fondos previsionales) se cancelaron 417 mil millones de pesos.
“Según una encuesta del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, el 46% de las madres no vive con el padre de sus hijos, y de los que viven separados, solo el 35% contribuye a la mantención de los hijos”, cita el texto.
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
En la misma línea, senadores presentaron una moción con el objeto de establecer como requisito para ser candidato a Presidente de la República, Senador y Diputado, el no haber sido condenado por delitos de Violencia Intrafamiliar (VIF), ni estar considerado en el Registro de Deudores de Alimentos.
Los legisladores argumentan que “hay otros delitos más allá de los que merecen pena aflictiva -con penas menores- que por su gravedad y connotación social debieran impedir que los condenados puedan de todas formas ser candidatos: nos referimos a los delitos relativos a la Violencia Intrafamiliar (VIF). Son tan graves, crudos y, en algunos casos, tristemente emblemáticos, que no es aceptable que un condenado por VIF intente llegar al Congreso Nacional, o para peor, a la Presidencia de la República”.
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