Condenan a 4 años de libertad vigilada intensiva a autor de abuso sexual en Caleta Tortel

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Gabriel Guillermo Lara Gómez a la pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de mayor de 14 años. Ilícito perpetrado en enero de 2019, en la comuna de Caleta Tortel.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rosalía Mansilla Quiroz (presidenta), Pablo Freire Gavilán y Mónica Coloma Pulgar (redactora)– aplicó, además, a Lara Gómez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado, la pena de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por 10 años.

Para el cumplimiento de la pena sustitutiva, Lara Gómez deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social Santiago Oriente, debiendo, además, cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento.

Finalmente, el condenado no podrá, durante el tiempo de la condena, concurrir a la Caleta Tortel, aproximarse o comunicarse con la víctima en cualquier lugar en que se encuentre, domicilio, lugar de trabajo o estudio; cumplir con la obligación de mantenerse en su domicilio desde las 24 horas y hasta las seis de la mañana del día siguiente, medida que será fiscalizada por carabineros y la obligación de realizar un programa de orientación en el ámbito de la sexualidad en la unidad asistencial correspondiente a su domicilio, por el término mínimo de seis meses.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 16 de enero de 2019, la víctima, una adolescente de 14 años de edad a la época de los hechos, en el restorán «El Chilco», ubicado en el sector Rincón Alto de Caleta Tortel, llegó al lugar Lara Gómez, acompañado de otras personas, a almorzar, siendo atendido por la joven. Finalizado el almuerzo, el condenado inició una conversación con la víctima, hablándole con obscenidades, le da una palmada en la frente y le realiza tocamientos indebidos. Luego, se retira y vuelve más tarde solo al local «y le pide a la adolescente que lo acompañe a conocer su casa rodante, negándose esta, pero frente a la insistencia y autorización de su abuela, lo acompaña. En camino a la rotonda por la pasarela, el acusado saca dinero y se lo coloca en el bolsillo a la adolescente, arrebatándole posteriormente su teléfono celular y, de forma agresiva, realiza en su contra acciones de relevancia y significación sexual consistentes en tocar (…) por encima de la ropa, la agarra fuerte, le tironea la ropa, resistiéndose la adolescente, golpeando su mano en la pasarela, trata de pedir ayuda, sin éxito, continúa caminando hasta llegar a la casa rodante donde le pide que suba a lo cual la adolescente se niega, realizando señales de ayuda, las que son atendidas por una pareja del sector, ante lo cual huye del lugar».

Decisión adoptada con la prevención de la magistrada Mansilla Quiroz, quien estuvo por el cumplimiento efectivo de la pena.

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