Corte ordena eliminar de redes sociales publicaciones difamatorias contra alcalde de Guaitecas

La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección deducido por el alcalde de Guaitecas y le ordenó a los recurridos proceder a eliminar las publicaciones y comentarios difamatorios que subieron a Facebook y Whatsapp en mayo de 2021, en contra del edil.

En fallo unánime (causa rol 269-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Natalia Rencoret Oliva, Pedro Castro Espinoza y José Ignacio Mora Trujillo– condenó en costas a los recurridos y le ordenó abstenerse de incurrir, nuevamente, en acciones similares por cualquier medio de comunicación, redes sociales u otra forma de difusión masiva.

«Que, el recurrente ha hecho consistir el acto arbitrario o ilegal en las publicaciones que los recurridos han realizado en internet, específicamente en las redes sociales Facebook y Whatsapp, las que han tenido por finalidad la propagación de mensajes de difamación, denostación, odio y que incluso plantean la comisión de delitos, sin embargo, tales acusaciones son totalmente infundadas debido a que al día de hoy, no existe investigación de ningún tipo en contra del recurrente», sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en consecuencia, se accederá a las peticiones contenidas en el recurso, a excepción de la solicitud del recurrente consistente en que se ordene a los recurridos a emitir disculpas públicas, desde que ello escapa a la naturaleza cautelar de la presente acción constitucional”.

Por tanto, se resuelve que: «SE ACOGE el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fecha 16 de junio del año 2021, por Marco Rafael Silva Miranda, en contra de Pía Ignacia Meneses Martínez y de Aarón Isaac Rain Agüero y en consecuencia, se ordena a los recurridos que procedan a eliminar, en el sitio web denominado Facebook y en la aplicación Whatsapp, según el caso, todo comentario y expresión directa e indirecta que hayan efectuado respecto de Marco Rafael Silva Miranda; y se abstengan en forma inmediata de incurrir nuevamente en publicaciones de ese tipo, por cualquier medio de comunicación social, redes sociales u otra forma de difusión masiva”.

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