PDI, Armada y Conaf realizan diligencias por uso de motos de agua en Laguna San Rafael

A raíz de una serie de hechos publicados a través de los medios de comunicación y las redes sociales, donde se ve un grupo de turistas circulando en motos de agua al interior de la Laguna San Rafael en la Región de Aysén, el Ministerio Público ordenó a la Brigada Investigadora de Delitos Contra el Medio Ambiente y Patrimonio Cultural (Bidema) Aysén, realizar diligencias con el fin de determinar responsabilidades y posibles daños al ecosistema.

Pedro Hernández, subcomisario de la Bidema Aysén, comentó que se realizó un trabajo interagencial junto a personal de la Armada de Chile y de CONAF con la finalidad de fijar el sitio del suceso, “nos encontramos en el Parque Nacional Laguna San Rafael por cuanto el Ministerio Público emanó una orden de investigar por el delito de Otros Hechos, por cuanto la Policía de Investigaciones de Chile, en conjunto con personal de CONAF, realizaron una denuncia en la cual personas, al parecer de nacionalidad extranjera, se habrían trasladado hasta este Parque Nacional en vehículos motorizados, del tipo motos de agua, y en el cual se podría haber visto afectada la biodiversidad del lugar”.

El subcomisario agregó, que, “estamos fijando el sitio del suceso, verificando desde donde se tomaron las fotografías que aportó la comunidad y así de manera técnica lograr establecer que estos sujetos transgredieron la norma marítima”.

Ronald Valenzuela Campos, director regional de CONAF Aysén, enfatizó que el uso de vehículos motorizados, incluidas las motos de agua, no está permitido en áreas protegidas, salvo excepciones debidamente autorizadas —como actividades de investigación científica—, ya que estas prácticas contravienen los objetivos de conservación y generan impactos graves sobre la fauna, los cuerpos de agua y los hábitats glaciales.

El Plan de Uso Público del Parque Nacional Laguna San Rafael establece obligaciones claras para visitantes y operadores turísticos, entre ellas: la prohibición de perturbar, dañar u hostigar a la fauna silvestre, en cualquiera de sus estados y etapas de desarrollo; la prohibición de utilizar sectores no habilitados para la navegación o el tránsito; y, la obligación de respetar las normas de navegación y seguridad definidas para la zona.

Desde la Armada comentaron que todas las empresas que realizan turismo aventura en el sector tienen que estar debidamente autorizadas, además de tener restricciones de desplazamiento en el lugar, una de estas es no acercarse a más de 500 metros del glaciar, puesto que podría haber desprendimientos. “Toda actividad náutica que se realice tiene que estar debidamente autorizada por la autoridad marítima y deben contar con los permisos, se tienen que adecuar a la reglamentación vigente y las restricciones que hay en sectores protegidos como la Laguna San Rafael”, comentó el sargento II Carlos Hermosilla de la Armada.

Cabe hacer presente que, durante el trabajo realizado en el sector de la laguna, funcionarios de la Armada realizaron la fiscalización de una embarcación turística la que cumplía con toda su documentación al día.