Corte de Coyhaique rechaza recurso de nulidad y confirma condena por robo con violencia
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que condenó a Yamil Antonio Corball Bórquez a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de robo con violencia. Ilícito perpetrado en julio del año pasado, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 49-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro Espinoza, Luis Aedo Mora y José Ignacio Mora Trujillo– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
«Que, de esta manera, la eventual contravención a un principio de la lógica, a la que alude el recurrente en el análisis y ponderación de la prueba, sin perjuicio de que no es efectiva, es constitutiva, más bien, de un recurso de apelación que confiere otro tipo de competencia a estos juzgadores y que este extraordinario recurso, de derecho estricto, no permite, debiéndose tener como inamovibles y definitivos los hechos establecidos por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, siendo soberanos para ello en la medida que en dicha acción no se hubiere infringido la normativa legal, que en el caso de autos no se visualiza ni acontece», consigna el fallo.
La resolución agrega que: «De la lectura íntegra, completa y con un simple ejercicio mental de correlación de los considerandos en los que se expuso la prueba rendida, en donde se practicó un razonamiento de ella para dar sustento a las proposiciones fácticas que determinaron la condena, debido a la convicción adquirida por los sentenciadores que se encuentra, en demasía, adecuada y legalmente explicitada, lo que obligará a este Ilustrísimo Tribunal a rechazar el presente recurso de nulidad y así se declarará».
Por tanto, se resuelve que: «SE DECLARA SIN LUGAR Y SE RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad deducido por Ricardo Flores Tapia, abogado, Defensor Penal Público de Coyhaique, en contra de la sentencia definitiva, de fecha 24 de enero del 2025, en cuanto se condenó, al citado acusado, Yamil Antonio Corball Bórquez, por su responsabilidad como autor de un delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, del Código Penal, en grado consumado, a las penas que se establecen en lo resolutivo del fallo, sentencia que, en consecuencia, no es nula, como tampoco el Juicio en la que se dictó».