Corte de Apelaciones de Coyhaique rechaza recurso de nulidad y confirma condena por abuso sexual

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a D.A.G.A. a la pena de 4 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la ciudad de Puerto Aysén.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Luis Aedo, Pedro Castro, José Ignacio Mora y Natalia Rencoret– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

«Que, finalmente, lo que logra visualizarse en el planteamiento esgrimido por la defensora, es más bien una postura divergente y alternativa desarrollada en su recurso, con el requerimiento de una revaloración de la prueba rendida, iluminada desde su propia perspectiva, habiendo recaído en la forma específica cómo estima que habrían acaecido los hechos juzgados. Sin embargo, se ha comprobado por esta Corte que el ejercicio argumental y analítico de la prueba desplegado en la sentencia cuestionada ha resultado idóneo, siendo a su vez perfectamente reproducibles los raciocinios en conexión con las conclusiones alcanzadas, que es lo que constituye la verdadera medida de la exigencia legal, sin que se haya advertido la efectividad de un reproche fundado de invalidez que sea factible de hacer primar en esta sede; lo que llevará a decidir en consecuencia en la parte resolutiva», sostiene el fallo.

Por tanto, se resuelve que: «SE RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por la abogado y Defensora Penal Público, en representación del acusado D.A.G.A. en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, con fecha 2 de mayo de 2024; la que no es nula, como tampoco el juicio en que se sustentó».

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