Publican la primera guía para apoyar solicitudes de proyectos de hidrógeno verde
Para responder al interés que ha surgido en el país por emprender iniciativas de hidrógeno, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, junto al Ministerio de Energía, publicaron una guía de apoyo para la solicitud de autorización de proyectos especiales de hidrógeno. Esto, con el objetivo de orientar a aquellas personas y empresas interesadas en implementar proyectos de hidrógeno cuando éstos consideren alguna instalación relacionada con producción, acondicionamiento, transporte, distribución, almacenamiento o consumo de hidrógeno como combustible.
En ese sentido, el ministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet señaló que “esta guía es un gran apoyo a la persona o empresa interesada en desarrollar un proyecto de hidrógeno, que ayuda para realizar una completa presentación de la solicitud de autorización de su proyecto a la SEC, permitiendo una tramitación más fluida y expedita”.
Por su parte, el superintendente de Electricidad y Combustible (SEC), Luis Ávila explicó que “la Guía para la Presentación de Proyectos de Hidrógeno entrega una serie de definiciones, recomendaciones, formatos y procesos que deben seguir quienes quieran presentar estas iniciativas ante la SEC. Esta Guía estará disponible en nuestra web www.sec.cl y, en la misma página, se podrán presentar los proyectos, adjuntando la información solicitada”.
Cabe señalar que actualmente el Ministerio de Energía está trabajando en un reglamento de seguridad para las instalaciones de hidrógeno y mientras no se cuente con dicha normativa, todas las instalaciones de hidrógeno en materias de diseño, construcción, puesta en servicio, operación, mantenimiento, inspección y término definitivo de las instalaciones, deben presentar ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles un proyecto especial con el fin que ésta autorice el uso de tecnologías que no se encuentran reguladas. Por tanto, esta guía estará vigente mientras no se dicte la reglamentación técnica antes mencionada.
La Superintendencia, ante la inexistencia de reglamentación sobre instalaciones de hidrógeno, podrá permitir el uso de nuevas tecnologías las que deberán estar técnicamente respaldadas en normas o especificaciones nacionales o extranjeras, así como en prácticas recomendadas de ingeniería de la industria internacionalmente reconocidas.
Por su parte el Seremi de Energía de la región de Aysén, Juan Luis Amenábar destacó que “el hidrógeno verde es el energético del futuro, y Chile es uno de los países que tiene mayor potencial de desarrollo para esta nueva industria, tanto en producción como en su uso y exportación. Para desarrollarla es esencial contar con un marco regulatorio adecuado y con esta guía, que facilitará los procesos de formulación de proyectos, dará mayor seguridad y claridad a los titulares de las iniciativas, y permitirá un desarrollo más acelerado de esta nueva industria energética”.
Según explicó el Seremi Amenábar, el Ministerio se encuentra formando una mesa para trabajar la calidad del hidrógeno y estudiar su implementación en distintos usos, además ya se inició un trabajo entre el Ministerio, la CNE y la SEC para elaborar un proyecto de ley de cuotas de H2 en redes de gas, y se esta trabajando también en la publicación del reglamento de instalaciones.
Guía de proyectos especiales
La guía está alojada en la siguiente ruta: https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2021/05/final_Guia-Proyectos-Especiales-Hidrogeno.pdf donde se incluye información sobre los plazos de las etapas del proceso de autorización, como, por ejemplo:
- El de revisión de Admisibilidad, que corresponde al tiempo de la primera revisión de la solicitud de autorización una vez efectuada la presentación del proyecto a la Superintendencia. Para esta etapa se ha definido un plazo 30 días, en donde se revisará que la presentación contenga todos los antecedentes necesarios para su tramitación, y que éstos sean claros y suficientes para respaldar un diseño y operación segura.
- El de Resolución SEC que corresponde al tiempo de preparación y despacho de la resolución de autorización, y que es el tiempo transcurrido desde la última gestión útil para el proyecto hasta el despacho de la resolución. Para esta etapa se definió un plazo de 45 días.
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