Senado aprueba proyecto que permite que apellido materno anteceda al paterno

Con 28 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, la Cámara del Senado aprobó en general el proyecto que permite que el apellido materno pueda anteceder al del padre.

En concreto, el proyecto modifica la ley N° 4.808 (sobre Registro Civil) y permitirá que los padres, al momento de inscribir el nacimiento de su primer hijo o hija, expresen de común acuerdo su voluntad de que el apellido de la madre anteceda al apellido del padre. De querer hacer este cambio, los padres deberán proceder de igual forma con todos sus hijos.

Ahora la moción, que ingresó el año 2005 al Congreso, pasará a la Comisión de la Mujer y Equidad de Género para su discusión particular y optar a su aprobación final.

El proyecto «entrega libertad a las personas y además otorga dignidad, al poder escoger, sobretodo cuando el padre ha estado ausente, reconocer la labor materna y cambiar el orden de su apellido de manera más fácil sin un trámite judicial» aseveró uno de los congresistas autores del texto.

Además, «da la posibilidad que los padres al momento de inscribir a sus hijos puedan, de común acuerdo, escoger el orden de los apellidos, el que debe mantenerse para los hijos menores».

Otra de sus implicancias, es que «incorpora la posibilidad que las personas adultas administrativamente puedan cambiar el orden de los apellidos o establecer un apellido compuesto o tener solo el apellido de quien se haya obtenido la filiación».

El documento indica otra serie de modificaciones como a la hora de ingresar formularios administrativos en donde se consulta por «apellido paterno/materno» para que solo se señale «apellido».

Por último, establece una norma transitoria para que los padres con hijos ya inscritos, al momento que entre en vigencia la norma, opten a un plazo de un año para cambiar el orden de los apellidos.

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