Aprobado proyecto que permite retiro de fondos previsionales para enfermos terminales

“Hubo una percepción absolutamente transversal de la urgencia que esto tenía”.

Senador Sandoval, quien realizó intensas gestiones para que la iniciativa fuera aprobada por el Senado, destaco la celeridad con la que se tramitó el proyecto en las comisiones y la Sala de la Cámara Alta.

“Estos son proyectos con rostro, que van al alma, que tiene una humanidad profunda”. Así lo afirmó el senador David Sandoval, al destacar la rápida tramitación que tuvo en la Cámara Alta, el proyecto de ley que permite el retiro de fondos previsionales a personas que sufran una enfermedad terminal.

A juicio del parlamentario, “hubo una percepción absolutamente transversal de la urgencia que esto tenía”, señalando que este tipo de proyectos son los que “quisiéramos estar permanentemente tramitando en el Congreso”, destacando de paso el trabajo de la ministra María José Zaldívar y su equipo, para sacar adelante la norma. “Hoy este proyecto del Gobierno, llega a una etapa crucial, relevante. Son más de 86 mil chilenos y chilenas que van a ver aquí una posibilidad de mejorar sus condiciones de vida”, indicó.

“Hay tanta gente que uno conoce en esta condición. Son enfermedades desgastantes, con altos costos humanos, personales, con efectos profundos en las familias, junto con los efectos económicos que esto implica”, agregó.

En ese sentido, Sandoval también hizo un reconocimiento a quienes hicieron ver esta realidad y la importancia de avanzar en una iniciativa de este tipo. “Son poco más de 80 mil chilenos y chilenas que están en esta condición compleja en su situación de salud”, recalcó.

El proyecto establece que «se entenderá por enfermedad terminal cuando el único tratamiento médico disponible sea la entrega de cuidados paliativos del dolor y se estime una sobrevida no superior a un año».

Además, permitirá a los afiliados activos o pensionados de una AFP que presenten una enfermedad terminal, el retiro de sus fondos como excedente de libre disposición, manteniendo los recursos necesarios para financiar: una renta temporal por 12 meses igual a la Pensión Básica Solidaria (PBS), una cuota mortuoria de 15 UF (436 mil pesos) salvo aquellos del PBS y las pensiones de sobrevivencia en el caso que el afiliado tenga beneficiarios de ésta.

Además, el Consejo Médico dependiente de la Superintendencia de Pensiones deberá hacerse cargo del estudio de cada solicitud; y en el caso de los afiliados activos, primeramente deberán tramitarse la invalidez.

Cabe señalar que ahora, la instancia pasa a su tercer trámite legislativo en la Cámara de Diputados.

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