Dictan veredicto condenatorio contra ex-alcalde de Guaitecas y otros imputados por malversación de caudales públicos
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique dictó hoy –jueves 9 de diciembre– veredicto condenatorio en contra de Cristián Alejandro Alvarado Oyarzo, exalcalde de la comuna de Guaitecas, en calidad de autor del delito consumado de malversación de caudales públicos. Ilícito perpetrado entre enero de 2013 y agosto de 2016.
Asimismo, el tribunal condenó a Rosario de Lourdes Saldivia Calisto en calidad de cómplice del delito de malversación de caudales públicos; y a Cristián Dagoberto Tauda Krema y Luis Marcelo Melian Oyarzo, como autores del delito consumado de fraude en desmedro de la Municipalidad de Guaitecas y de planta eléctrica de la localidad. Ilícitos cometidos entre 2012 y 2016.
En resolución unánime (causa rol 20-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Rosalía Mansilla Quiroz (presidenta), Pablo Freire Gavilán y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación de los acusados en los hechos.
Hechos acreditados
El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable que, tanto Cristián Alvarado Oyarzo, en su calidad de alcalde de la comuna de Las Guaitecas, como Raúl Mansilla Barría a la sazón jefe de administración y finanzas de la Municipalidad de Las Guaitecas (con sobreseimiento temporal por encontrarse enfermo de gravedad), «mantenían a su cargo las cuentas fiscales edilicias y de la empresa eléctrica de Melinka, pudiendo girar cheques o hacer transferencias bancarias mediante dispositivos electrónicos para cumplir el objetivo de satisfacer las necesidades de la comunidad local», sostiene el acta de deliberación.
La resolución agrega que: «A finales del año 2012 y hasta mediados del año 2016, desde las cuentas corrientes de la Municipalidad de Las Guaitecas y de la empresa eléctrica de Melinka, se efectuaron pagos y transferencias electrónicas, donde se adquirieron bienes y servicios en provecho propio o de terceros, cuya naturaleza es fraudulenta, transfiriendo fondos públicos que en ocasiones se respaldaron mediante facturas ideológicamente falsas y decretos de pagos sin respaldo, las que aparentaban la adquisición de bienes o el pago de servicios a terceros».
«En esta dinámica de acciones defraudatorias –ahonda–, Alvarado Oyarzo y Mansilla Barría contaban con la participación de Luis Melián Oyarzo, contador de la empresa eléctrica de Las Guaitecas, Cristián Tauda Krema, administrador de la misma y de Rosario Saldivia Calixto, cónyuge de Mansilla Barría, quienes facilitaron sus cuentas corrientes bancarias para la recepción y desvío de dineros fiscales, logrando de esta manera sustraer dineros y defraudar al erario fiscal. Que el perjuicio fiscal por las mencionadas operaciones bancarias fraudulentas supera, en cada caso, las 400 UTM».
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Zúñiga Valenzuela– quedó programada para las 15 horas del próximo lunes 20 de diciembre.
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